¿Quién tiene el derecho a las cenizas de su Ser Querido?

No es raro que surjan peleas familiares sobre la posesión o derecho a las cenizas del difunto después de la cremación.

¿En qué escenarios podrían surgir tales peleas?

Un ejemplo común es cuando el Ser Querido tiene un segundo matrimonio, dejando a una esposa que desea que las cenizas se guarden o se entierren en un lugar diferente a los deseos de los hijos del difunto.

Otro ejemplo es cuando hay más de un hijo y no están de acuerdo por motivos geográficos o religiosos. También puede haber motivos emocionales o un familiar que quiera tomar el control.

¿Quién es el propietario de las cenizas de cremación? No eres dueño

Entender primero que no puedes poseerlas porque te estas refiriendo a una persona o un cuerpo, por lo tanto no pueden ser propiedad. Sin embargo, esto es completamente diferente a tener el derecho.

¿Quién tiene el derecho a poseer cenizas de cremación?

¿Quién tiene el derecho a poseer cenizas de cremación?

* No tome esto como una opinión de un abogado * Es probable que el derecho a poseer las cenizas sea el albacea o quien estuvo a cargo del funeral o básicamente la persona que tiene el contrato con la funeraria.

* No confundirse con albacea del testamento.

Pero, ¿quién tiene el primer derecho sobre el cuerpo o las cenizas? ¿Es la persona que pagó el funeral, los familiares más cercanos, la persona que firmó el formulario de cremación? ¿Y quién decide quién tiene prioridad?

El punto de partida es que:

  • Nadie posee un cuerpo – no hay propiedad en un cadáver.
  • La persona que tiene derecho a la posesión del cuerpo es la persona que tiene la obligación de disponer del cuerpo.
  • El crematorio debe entregar las cenizas a la persona que entregó el cuerpo para la cremación.
  • Entender que las disputas fúnebres suelen ser complejas y muchas no pueden resolverse simplemente aplicando las tres reglas anteriores.

Si hay un testamento

La persona que solicita la cremación tiene derecho a la posesión de las cenizas. Si acaso hay una disputa, entonces el albacea designado tendrá el primer derecho de posesión.

¿Qué pasa si hay un testamento, pero el albacea fallece?

Nuevamente, la persona que tiene derecho a recibir las cenizas es la persona que obtuvo el permiso para la cremación.

Si el albacea del fallecido solicita el permiso de cremación pero muere, entonces su representante personal.

¿Qué pasa si no hay testamento?

Donde no hay albacea, se clasifica en prioridad a las siguientes personas que tienen derecho a la posesión de las cenizas:

  1. El cónyuge o pareja que vive con el fallecido inmediatamente antes del fallecimiento.
  2. El cónyuge.
  3. El hijo o la hija si es mayor de 18 años.
  4. El padre del difunto.
  5. Un hermano o hermana del fallecido mayor de 18 años.

¿Qué puede hacer para evitar una pelea familiar?

Puede cuidar a sus familiares incluso cuando ya no esté con ellos preparando un testamento y dejando instrucciones claras para evitar cualquier problema innecesario cuando llegue el momento.

El albacea nombrado en el testamento es la persona que tiene el deber de ocuparse del cuerpo y organizar el funeral. Esto ayuda sobre quién tiene que firmar el papeleo y luego tomar posesión de las cenizas.

Asegúrese de discutir cualquier duda con su abogado cuando redacte un testamento para que el albacea sea elegido cuidadosamente y las instrucciones se establezcan de manera claras.

Si nombra a más de un albacea, asegúrese de que no estén en desacuerdo entre ellos o sean influenciados por otros (no es necesario que un albacea sea un miembro de la familia).

Una advertencia: Los crematorios están sujetos a sus propias regulaciones; si de hecho otra persona ha organizado el funeral y firmado el papeleo, se le denomina Solicitante. Estas regulaciones pueden llevar a que el crematorio o funeraria entreguen las cenizas a ese Solicitante.

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